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domingo, 16 de noviembre de 2014

Caracteristica, ventajas y desventajas de yahoo

Característica:

Yahoo es un buscador muy popular y con una de las mejores bases de datos. Su misión es ser el servicio global de Internet más esencial para consumidores y negocios. Se puede encontrar prácticamente todo lo que hay en la red, porque casi todo el mundo que crea una web la registra en Yahoo.


Ventajas:

  • Tiene posibilidad de deang and drop.
  • Organiza todo en carpetas para un mejor control filtro de span y virus.
  • Lector de RSS, permite atajos con el teclado.
  • Tiene como soporte tutoriales animados se enlazan con Yahoo.

Desventajas:

  • La publicidad de la web y la linea insertada en los emails que se envían.
  • Solo funciona a todo su capacidad con los navegadores IE firefox,opera, etc.
  • Solo tiene corrector ortográfico en IE solo tiene el interfaz alternativo de Yahoo clásico.

15 comentarios:

  1. Abusadores del cargo
    VIOLACIÓN A LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, AL DEBIDO PROCESO Y A LA DEFENSA
    Dice el filósofo del Derecho LUIS RECASENS SICHES en su Tratado General de Filosofía del Derecho. Editorial Porrúa. México. 1.959, Página 618: "No puede reinar la justicia en una sociedad en que no haya un orden cierto y seguro. No puede reinar la dignidad y la libertad en una sociedad en anarquía. No puede fomentarse el bienestar general en una colectividad en la que no haya una regulación pacífica y ordenada. Todos esos valores superiores del Derecho deben cumplirse precisamente en el Derecho. Pero no hay Derecho donde no hay orden cierto ni seguridad".
    El 21 de febrero de 2017 demandado en ciudad Bolívar el juez José Rafael Urbaneja Trujillo, juez Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede ciudad Bolívar, estado Bolívar, por Ana Teresa Barreto, asistida del abogado Carlos Hidalgo Guevara, inpreabogado N° 28.247, ante el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, ciudad Bolívar, para establecer la responsabilidad civil del juez por abusados en sus actuaciones, faltas, omisiones y denegación de justicia provenientes de negligencia e ignorancia inexcusable y permitir que los demás funcionarios vinculados a su Tribunal también sean abusadores con los justiciables. La Boleta de notificación que debe ser dejada en la sede de la Defensa Pública del Estado Bolívar, sede ciudad Bolívar librada para dar a conocer a la defensora pública MIRNA ABREU FRANCO, un acto de juramentación del cargo de defensora de la demandada no se realiza legalmente como pauta el mecanismo señalado en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, porque el Alguacil espera encontrar personalmente a la mencionada defensora quien solo desempeña sus funciones en la sede de la Defensa Pública ciudad Bolívar un solo día a la semana, el juez Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, no corrige dicho mecanismo, no advierte o indica al Alguacil que debe dejar en la sede de la Defensa Pública del estado Bolívar la Boleta de notificación, produciéndose una violación al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por su parte la defensora pública aunque ya aceptó el cargo no comparece ante el Tribunal a juramentarse para que prosiga el juicio porque no ha sido notificada, lo sabe pero no se da por notificada, como no se ha notificado no se lleva a efecto el acto de juramentación del cargo de defensora, y como no ha habido juramentación conforme el único aparte del artículo 7 de la Ley de Juramento, la causa no prosigue según el trámite del procedimiento judicial previsto de los artículos 97 y siguientes de la Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, creando una indefensión del que aspira justicia aunque la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra el principio del debido proceso como un pilar fundamental para la obtención de la justicia, y obliga a los órganos de justicia a cumplir con la ejecución de los medios de comunicación procesal, citación, notificación o intimación a las partes involucradas en el juicio.
    Expediente FP02-V-2015-000757.
    Rubén Antonio Rivas Bastardo
    C.I V-8.891.282
    Avenida 17 de Diciembre, N° 100, Parroquia Catedral, Municipio Heres,
    Teléfono 0285-632.4200
    Ciudad Bolívar, estado Bolívar

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  2. Hhhsfsjsisfczute jxtdbsy dj disvz sishdvus sivshsi sis si ssbshsbs sgdijdhjx uzishdidir uxid sud iz sz shz shx xbd dfbd fjdbdjzu dis disb sid xd ls idhcjodidiididididXD XD

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  3. Jehe salu2 arriba la esperanza abuelita.

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  4. Pues que no comprendí nada nada por más que intento

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  5. Pues que no entiendo nada por más que intentó y vuelvo a intentar
    Y sabe que que sigo igual

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  6. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  7. Hola es mejor utilizar el dios Google

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  8. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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